2020-08-28

Para las empresas: Las claves del ATP 5 que incentiva el empleo

Las empresas podrán inscribirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) desde el 28 de agosto y hasta el 3 de septiembre. Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios correspondientes a agosto deberán registarse con clave fiscal en el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”. Los trabajadores y las trabajadoras de aquellas empresas que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Las firmas cuya facturación nominal muestre en julio una variación interanual positiva entre 0% y 40% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 15%. Los Créditos a Tasa Subsidiada obtenidos para el pago de salarios de agosto podrán ser convertidos parcial o totalmente en un subsidio en tanto cumplan con las metas de empleo que establecerá el Ministerio de Desarrollo Productivo. En esta nueva edición del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción el gabinete económico resolvió que las empresas que mantengan o incorporen trabajadores recibirán beneficios, y además se sumarán a nuevos sectores que podrán acceder al programa como jardines maternales, transportes escolares y gastronomía.

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