12/10/2019

Cae la última de las 55 causas contra Aguiar

Cae la última de las 55 causas contra Aguiar
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Roca.- El conjuez federal Ezequiel Andreani dictó el sobreseimiento definitivo de Rodolfo Aguiar, su hijo Romeo y Rodrigo Vicente en lo que era la última causa abierta contra el secretario general de ATE.El procesamiento dictado por el juez Hugo Greca por el delito de usurpación había sido ya revocado por la Cámara Federal, haciendo lugar a la apelación planteada por la defensora de los dirigentes, Ailén Roca.“Ninguna de las 55 causas en que fuimos incriminados en Río Negro fue probada. La criminalización de la protesta social es un disciplinante que busca deslegitimar ante la sociedad reclamos constitucionales. Hay que enfrentar esta maniobra perversa del poder”, señaló el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar.Se trata de una causa penal que se inició con la denuncia de funcionarios de PAMI, quienes acusaron a los dirigentes de haber usurpado las instalaciones del organismo en Roca y de haber amenazado y lesionado a una trabajadora el 14 de septiembre de 2018.Ese día se llevó adelante una asamblea en reclamo por el recorte de prestaciones a jubilados y la violación a la libertad de expresión, luego de que los directivos del PAMI rompieran los carteles que se habían colgado en la cartelera con la leyenda "fuera Macri"."La permanencia pacífica que un grupo de manifestantes realice en un lugar con fines de reclamación social por un plazo determinado nunca debe confundirse con una usurpación, ya que quien usurpa es aquel cuya finalidad única es permanecer en el lugar para hacerlo de su propiedad ilegítimamente, lo cual no existió en este caso y por ello el supuesto escapa al Código Penal", precisó Ailén Roca, abogada de ATE Río Negro.La acusación respecto del delito de amenazas y lesiones no prosperó, siendo eliminada por el propio Greca en el auto de procesamiento, tras la inexistencia de pruebas que permitieran acreditar las imputaciones.Finalmente, tras recorrer la instancia de apelación, se dictó el sobreseimiento definitivo de los dirigentes por el delito de usurpación y se ordenó el archivo de las actuaciones aclarando que se deja a salvo el buen nombre y honor de los imputados, bajo el entendimiento de que “las conductas atribuidas a los encartados no pueden ser encuadradas en ese tipo penal".

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