15/09/2017

Choele regula por ordenanza los carros de comidas y camiones gastronómicos

Los avances impuestos por la modernidad y el desembarco de nuevas formas de presentar alternativas a la hora de comer, hizo que los concejales de Choele Choel trabajaran sobre una ordenanza que regula algunas de las surgentes modalidades.Entre éstas, no se puede obviar la incipiente aparición de los carros de comidas conocidos internacionalmente como "Food-Truck" y la proliferación de los famosos carritos que ofrecen sus delicias culinarias.Si bien no se puede hablar de un Choele invadido por éstos, la realidad indica que cada días son más notorias la aparición de variedades y ofertas bajo estos conceptos.  Conviven desde aquellos que ofrecen una sola especialidad con otros que ya presentan variedades en sus menúes.La ordenanza sancionada y que entró en vigencia en los últimos días tras su promulgación y publicación en el Boletín Oficial Municipal, establece en principio las condiciones a reunir por las personas fìsicas y jurídicas que pretendan una habilitación comercial enmarcado en éste rubro.En cuanto a las condiciones de los rodados a utilizar velando siempre por la seguridad sanitaria, la ordenanza establece en su articulado que los food truck deben contar con "Revestimiento interior hecho de materiales resistentes, inalterables y de fácil limpieza" y en el mismo tono que debe tener "superficies lisas. impermeables y de fàcil desinfección".Como exigencias, deben contar con heladeras y/o freezer, equipos de cocina y calentamiento eléctrico y/o a gas, sistema de ventilación, tanques de almacenamiento de agua potable, contar con provisión de agua caliente, tanque de almacenamiento de agua residual, elementos para higiene en manos , elementos de limpieza rotulados y sectorizados, cestos de deposición para guantes, gorros y cofias descartables, cesto de residuos con tapa en sector de acceso al público y con sistema de apertura a pedal, tener un generador eléctrico y no tener ninguna decoraciòn hecha con productos que puedan resultar contaminantes.Los concejales evaluaron también salvar cuestiones de convivencia con los restaurantes y confiterías, por lo que no podrán mediar menos de 200 metros entre la instalación de un food truck y los locales de comidas tradicionales.Por otra parte, establece que no podrán expender bebidas en envases de vidrio, quedando habilitados a hacerlo solo en las modalidades "lata" o envase plástico.A la hora de lo prohibido, se menciona la venta de bebidas con contenido alcohólico, estacionarse en lugares que no sean los permitidos, excederse de los horarios establecidos para la comercialización y estacionarse en la vía pública o en inmediaciones de centros comerciales, entre otras.En cuanto a los llamados carritos, los que no necesariamente deberán ser impulsados a motor, la ordenanza indica que sus medidas no deberán superar los 10 metros cuadrados de superficie.Estos estarán habilitados para la venta de panchos, hamburguesas, choripanes, churros,pochoclos, copos de nieve, manzanas acarameladas y helados envasados.La ordenanza establece además que no podrán permanecer en la vía pública cuando no estén en actividad y al igual que en el caso anterior, el expendio de bebidas no lo podrán hacer en envases de vidrio.  

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