19/04/2020

Coronavirus: las 11 nuevas medidas exceptuadas de la cuarentena

Coronavirus: las 11 nuevas medidas exceptuadas de la cuarentena
Alberto Fernandez
Alberto Fernandez
A medida que pasan los días, cada vez son más las actividades necesarias para recuperar la vida diaria. Es por eso, que el Gobierno nacional, publicó el sábado una nueva lista con 11 actividades exceptuadas de la cuarentena.El Gobierno, con esta serie de excepciones, busca reactivar parcialmente la economía sin descuidar la curva de contagios del Covid-19. De todos modos, los gobernadores de cada provincia tendrán la potestad de suspender a cualquiera de los rubros dependiendo de la situación sanitaria de cada lugar.Según el texto de la Decisión Administrativa 524/2020, que lleva la firma de Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, las nuevas actividades exceptuadas son:
  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
El ámbito de aplicación serán las provincias de Río Negro, Neuquén, La Pampa, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fé, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires. Santiago del Estero y Tucumán no entran en la nómina debido a que no presentaron el pedido.Cabe destacar, que la palabra final la tendrán los gobernadores. Cada gobernador podrá suspender cualquiera de estas actividades en forma total o parcial.

En todos los casos, se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus.

La norma también señala que los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores.

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