27/12/2022

El Ministerio de Salud dejó sin validez las recetas médicas enviadas por mail o Whatsapp

El Ministerio de Salud dejó sin validez las recetas médicas enviadas por mail o Whatsapp

De esta manera, queda sin efecto la Resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, dictada en el marco de la pandemia. El argumento es que carecen de las medidas de seguridad necesarias.El Ministerio de Salud dispuso que no serán válidas las recetas confeccionadas en papel y enviadas vía web, mail o Whatsapp para solicitar  un tratamiento en las farmacias, según la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial "porque no tienen los mecanismos de seguridad adecuados", explicó Claudio Ortiz, subsecretario de Calidad, Regulación y Fiscalización del organismo.La resolución Nº 3622/2022, que entró en vigencia este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, que habilitaba la presentación en la farmacia de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes "a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax", indicó el texto."Se vuelve al sistema que regía antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma holográfica del médico, o la receta electrónica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI".Con motivo de la ampliación de la emergencia sanitaria establecida por la Ley Nº 27.541, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia.Los motivos de la derogación se deben a que la vía de excepción implementada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) "no tiene todos los mecanismos de seguridad que sí tienen las recetas analógicas, y era solo aceptable en un contexto de emergencia".En este sentido, el funcionario remarcó que con la nueva medida, y "como antes del ASPO, los pacientes crónicos pueden recibir las recetas correspondientes a 60 o 90 días de tratamiento para evitar la concurrencia mensual".Otra alternativa posible para los pacientes es que "reciban la receta electrónica/digital con firma electrónica, si su prestador dispone de ese sistema"Fuente: Télam

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