23/11/2017

JSRN quiere a Jorge Crespo como Procurador General

El próximo 5 de diciembre se llevará acabo la elección del nuevo procurador general de la provincia y el gobernador, Alberto Weretilneck, solicitará a los legisladores de Juntos Somos Río Negro que integran el Consejo Grande la Magistratura que acompañen la designación del abogado penalista Jorge Crespo.El planteo se realizó al no haber hecho uso oportunamente de la facultad conferida por la Constitución Provincial en su art. 204, de proponer un candidato para el cargo de Procurador General.La reunión del Consejo, en la que se elegirá el nuevo Procurador General quien tendrá como función principal la puesta en marcha en plenitud del nuevo Código Procesal Penal Acusatorio, se realizará el 5 de diciembre próximo en Viedma.Los restantes postulantes son el juez de Cámara Héctor Leguizamón Pondal, el abogado Raúl Ochoa, y el fiscal de Cámara, Gustavo Herrera.El pedido del Mandatario rionegrino se fundamenta en la posición del Gobierno Provincial que el nuevo titular de la Procuración General no provenga o esté cumpliendo funciones en algún estamento del Poder Judicial rionegrino.El Poder Ejecutivo considera que Jorge Crespo reúne las condiciones necesarias para desempeñar el desafío que significa encabezar este nuevo proceso en la Procuración General aportando una nueva mirada desde fuera de la estructura del Poder Judicial, con una impronta innovadora ante esta nueva y trascendental etapa en la Justicia rionegrina, razón por la cual requerirá a sus legisladores el acompañamiento al letrado roquense.El Consejo Grande de la Magistratura (Art. 204 de la Constitución) es presidido por el Gobernador, e integrado por 12 legisladores (siete del oficialismo y cinco de la oposición) y similar cantidad de representantes de los colegios de Abogados (tres de cada uno de las cuatro circunscripciones).El proceso de postulación y candidaturas se ha desarrollado sin ningún tipo de inconvenientes, habiéndose agotado todas las etapas previas (postulación, comunicación a la población e impugnación), habiendo vencido el plazo para las impugnaciones sin que se haya presentado ninguna.

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