08/12/2021

Primer caso en el país: Justicia concedió la adopción de un niño a padres sordos

Primer caso en el país: Justicia concedió la adopción de un niño a padres sordos
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General Roca.-  La jueza de Familia de General Roca, Moira Revsin, concedió la adopción plena a un niño de seis años a padres sordos. El caso es el primero en el país. 

En el inicio de esta historia, hubo una convocatoria pública para la adopción. C. y J. se presentaron diciendo que el hecho de no poder oír (o, mejor dicho, oír muy poco) no era un limitante para la crianza de un niño que tiene varios problemas de salud y dificultades para comunicarse porque tenía un escaso desarrollo del habla y muy poca motricidad en sus piernas y en uno de sus brazos.

En la sentencia se incorpora el resultado del informe del equipo técnico interdisciplinario del tribunal que participó en el proceso de guarda preadoptiva, antes de la elección de la familia guardadora. En el informe se indica que en el proceso de vinculación, los señores C.R. y J.G mostraron disponibilidad afectiva y motivación para brindarle a B (el niño) un lugar de hijo atendiendo a toda la complejidad que implica atender su discapacidad".Se menciona que ambos adultos pueden solicitar ayuda cuando es necesario y cuentan con personas del entorno que se configuran en "apoyos sumamente significativos". En especial la abuela,, quien se comunica con ellos de manera frecuente teniendo videollamadas con su nieto. De hecho, tiene contacto con otras personas del entorno: familiares, docentes, amigos, y profesionales que le permiten "una socialización rica en intercambios y adecuada a su situación personal". El 20 de octubre se celebró la audiencia en la casa de los peticionantes. Estuvo presente el niño y los padres que fueron asistidos en forma virtual por su letrada, la intérprete de lenguas de señas, dos integrantes del equipo interdisciplinario y la Sra. Defensora de Menores subrogante. Del acta de audiencia surge que "se observa la relación entre B., J. y C. con un trato muy afectuoso que es mutuo". Por su parte, el dictamen de la Sra. Defensora de Menores subrogante, señala que: "Considero que los peticionantes se encuentran aptos para el ejercicio de la responsabilidad parental, asumiendo y garantizando el bienestar superior del niño.La jueza aclaró en el texto de la sentencia que tuvo reparos cuando se enteraron que una de las parejas inscriptas estaba integrada por dos personas sordas. "Nos preguntábamos cómo podrían interactuar con un niño que tenía tantas dificultades para comunicarse", señaló.Por suerte -dice en la sentencia, "esos reparos -a los que en debida forma debo llamar 'prejuicios', los que aún tenemos pese a nuestra formación y compromiso con los derechos humanos y los que tenemos que detectar y aceptar para poder propiciar cambios en nosotrxs mismxs- no impidieron que citemos a C. y a J. para conocerlos en persona y permitirles que pudieran enseñarnos aspectos muy interesantes de sus vidas cotidianas".La Dra. Revsin señaló que ese contacto les hizo apreciar que se iban a poder comunicar con el niño sin mayores inconvenientes, "porque tienen suficientes recursos para ello, y de algún modo, encontrarían caminos para superar nuevos desafíos".

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