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| 30/12/2023

Los alquileres después del DNU: qué debes saber

El decreto de desregulación económica modifica las reglas para los contratos de alquiler y genera incertidumbre en propietarios e inquilinos.

Los alquileres después del DNU: qué debes saber

Con la implementación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica, la Ley de Alquileres deja de regir y se inician cambios significativos en el sector de los alquileres de vivienda. Tanto propietarios como inquilinos deben estar al tanto de los requisitos y cláusulas clave que deben tener en cuenta al momento de firmar nuevos contratos.

En primer lugar, es fundamental que ambas partes revisen minuciosamente las condiciones del contrato, preferiblemente con asesoramiento legal especializado en temas inmobiliarios. Aspectos como la duración, el monto del alquiler, posibles renovaciones y condiciones de cancelación anticipada deben estar claramente especificados para evitar complicaciones futuras.

Uno de los cambios más relevantes es la duración de los contratos. Antes, la ley establecía un plazo mínimo de tres años, pero ahora los contratos pueden pactarse libremente entre las partes. En caso de no especificarse, el plazo será de dos años.

Además, se mantienen los requisitos para firmar un contrato, como la no obligatoriedad de abonar comisión inmobiliaria para el inquilino en CABA y el pago de honorarios por parte del propietario en ambas jurisdicciones.

Otro aspecto importante es el ajuste del valor de los alquileres, que puede acordarse libremente utilizando cualquier índice, público o privado. Asimismo, las expensas ordinarias deben ser abonadas por el inquilino, mientras que las extraordinarias serán responsabilidad del propietario, aunque es recomendable dejarlo por escrito para evitar problemas en el futuro.

Sin embargo, uno de los cambios más polémicos es la responsabilidad por roturas y reparaciones en la vivienda. Anteriormente, el inquilino tenía el derecho de deducir del alquiler el costo de mejoras o reparaciones realizadas, pero ahora esto queda sujeto a acuerdos entre ambas partes. Los jueces tampoco tendrán la facultad de modificar los acuerdos pactados en el contrato, lo que restringe el derecho de los inquilinos a reclamar.

En cuanto a la finalización del contrato, ahora el propietario tiene la facultad de darlo por concluido antes de su vencimiento por diversas razones, mientras que el inquilino puede resolverlo en cualquier momento abonando un porcentaje del saldo del alquiler.

Estos cambios generan incertidumbre en el sector de alquileres, tanto para propietarios como para inquilinos. Por eso, es importante buscar asesoramiento especializado antes de firmar nuevos contratos para evitar inconvenientes y comprender correctamente las cláusulas establecidas en el acuerdo.

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